I.- Interpretación del artículo 1.063 del Código Civil.- El artículo 1.063 del Código Civil obliga al abono de las rentas y frutos obtenidos durante la indivisión de la herencia, porque son un beneficio económico o utilidad que, como rendimiento patrimonial, genera la explotación, ahora bien, la expresión legal “deben abonarse recíprocamente en la partición” no es apropiada,...