1º). COMPRAVENTA A CUERPO CIERTO. Nos encontramos en el presente caso con la venta de una finca, totalmente identificada por sus datos registrales y catastrales, ambos coincidentes, tal como se deriva del propio contrato. En consecuencia, es necesario concluir que la finca vendida esta identificada perfectamente y que la misma es vendida como un cuerpo...